La decisión se divulgó a través de un decreto en el Boletín Oficial. Cuáles serán las jornadas no laborables con motivos turísticos, de acuerdo a la medida.
En el Decreto 1027/2024 del Boletín Oficial, firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Guillermo Francos, se establecieron los días no laborables con fines turísticos para el año 2025.
Según el artículo 1° del decreto, las fechas designadas son:
Viernes 2 de mayo, que se suma al Día del Trabajador, que es el 1.
Viernes 15 de agosto, en la víspera del 17 del mismo mes, paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
Viernes 21 de noviembre, cerca del Día de la Soberanía Nacional, fijada el 20.
Entre los considerandos, el decreto señala que “mediante la Ley N° 27.399 se establece el régimen de feriados nacionales y días no laborables” y que “por el artículo 6° de la norma mencionada se determina que los feriados nacionales trasladables previstos en la citada ley cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.”
El documento también indica que la Ley N.º 27.399 “faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta TRES (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.” Según el texto, “dicha facultad deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la República Argentina” y busca “coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo.”
Por último, el decreto establece que “la presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.”